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Tribunal de Justicia de la Unión Europea: Decisión sobre el motivo del despido en caso de contrato de duración determinada

  • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) abordó el 20 de febrero de 2024 la disparidad de los protocolos de despido entre los contratos de duración determinada y los indefinidos en virtud de la Directiva 1999/70/CE.
  • El TJUE reafirmó el principio de no discriminación, estipulando que los trabajadores con contrato de duración determinada no deben recibir un trato menos favorable que los trabajadores permanentes en lo que respecta a los procedimientos de despido, e hizo hincapié en la necesidad de un enfoque uniforme en el despido de los empleados, con independencia del tipo de contrato.
  • El caso, identificado como C-715/20, surgió de un requerimiento previo del Tribunal de Distrito de Cracovia-Nowa Huta, Polonia.

¿Qué dictaminó el TJUE el 20 de febrero de 2024 sobre los contratos de trabajo de duración determinada?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que los trabajadores con contrato de duración determinada no deben recibir un trato menos favorable en los procedimientos de despido que los trabajadores fijos. Esta decisión se deriva del caso C-715/20 y se ajusta a los principios de no discriminación en virtud de la Directiva 1999/70/CE y del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada.

¿Cómo afecta esta sentencia al trato de los trabajadores con contrato de duración determinada en caso de despido?

A partir de ahora, los empleadores deberán justificar la rescisión de los contratos de duración determinada, de forma similar a las obligaciones que tienen para los contratos indefinidos. Este cambio pretende garantizar la transparencia y la equidad, evitando los despidos discriminatorios o arbitrarios.

¿Qué dice el TJUE sobre la revisión judicial y la protección de los derechos de los trabajadores?

El Tribunal hizo hincapié en que todos los trabajadores, independientemente de su tipo de contrato, deben tener acceso a la revisión judicial para impugnar los despidos. Esto refuerza la aplicación de los derechos fundamentales garantizados en virtud del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

¿Qué implicaciones tiene esta sentencia para los empleadores que utilizan contratos de duración determinada?

Los empleadores tendrán que revisar y, posiblemente, modificar sus prácticas laborales para garantizar el cumplimiento de esta sentencia. Ahora deben justificar las rescisiones de contratos de duración determinada con razones claras y objetivas y prepararse para posibles impugnaciones legales. Este requisito aumenta la carga administrativa, pero promueve un trato más justo para todos los empleados.

¿Qué posibles desafíos afrontarán los empleadores tras esta decisión?

El principal desafío para los empleadores es una mayor necesidad de documentar y justificar cuidadosamente los motivos del despido, lo que podría dar lugar a prácticas de RR. HH. más rigurosas. Los empleadores pueden enfrentarse a un mayor escrutinio legal y deben estar preparados para defender sus decisiones ante los tribunales, lo que refleja las mayores protecciones que se conceden ahora a los trabajadores con contratos de duración determinada.

¿Qué deben hacer los empleadores en respuesta a esta sentencia?

Los empleadores deben asegurarse de que sus procedimientos de despido para todo tipo de contratos se ajustan a este nuevo marco legal. Es aconsejable formar al personal de RR. HH. en relación con estos cambios, así como actualizar las políticas de empleo para evitar escollos legales y defender eficazmente los derechos de todos los trabajadores.