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España: entró en vigor la ley relativa a la protección de personas que informen sobre infracciones

  • El 21 de febrero de 2023, España publicó en su Boletín Oficial del Estado la Ley 2/2023 reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. 
  • Entró en vigor el 13 de marzo, transponiendo la Directiva (UE) 2019/1937 de 23 de octubre de 2019, conocida como Directiva de Denuncia de Infracciones.

En nuestra última edición, informamos sobre Italia y los Países Bajos, y ahora a España le llega el turno de transponer la Directiva Europea, tan solo unos días después de que la Comisión Europea decidiera llevar a este, entre otros países, ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haberla transpuesto. 

El ámbito de aplicación principal de la ley es proteger frente a represalias a las personas que, en un contexto profesional o laboral, detecten infracciones administrativas o penales graves o severas e informen sobre ellas, lo que fomenta una cultura de la denuncia para detectar y prevenir amenazas al interés público. Dispone la obligación de establecer sistemas internos y externos para denunciar infracciones en organizaciones públicas y privadas, así como obligaciones detalladas sobre protección de datos.

La ley amplía el ámbito de aplicación, y abarca también las infracciones administrativas o penales graves o severas en virtud de la legislación española. Protege a una amplia variedad de trabajadores, tanto del sector público como privado, a accionistas, inversores, voluntarios, trabajadores en prácticas, así como a denunciantes de infracciones después de que la relación laboral haya finalizado.

Las empresas con 50 o más trabajadores y otras entidades reguladas deben establecer un canal interno de información para permitir la revelación de información y garantizar la protección de los denunciantes y de terceros mencionados. Los empleadores también deben designar a un/a responsable del tratamiento de las denuncias.

La ley prohíbe y declara nulas aquellas conductas que puedan calificarse de represalias y se adopten dentro de los dos años siguientes a ultimar las investigaciones.

Asimismo, crea canales públicos externos de información supervisados por la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.) o por la autoridad autonómica pertinente.

Además, prevé un sistema detallado de sanciones para aquellas acciones u omisiones que limiten los derechos y las garantías introducidos por esta ley, así como la revelación de infracciones del sistema legal a sabiendas de su falsedad.

El proceso de sanción incluye multas de hasta 300 000 euros si son las personas físicas las responsables de las infracciones, y de hasta 1 millón de euros en caso de tratarse de personas jurídicas.

Por último, la ley incluye disposiciones detalladas sobre el tratamiento de los datos personales de los denunciantes y de otras personas que participen en la revelación, la retención y la investigación posterior.

Los empleadores deben implantar el sistema interno de información antes del 13 de junio de 2023 (para los empleadores con menos de 249 empleados, la fecha se extiende hasta el 1 de diciembre de 2023).

Aquí pueden consultar un mapa actualizado de Ius Laboris con la aplicación de la Directiva de denuncia de infracciones de la UE en toda Europa.