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Eslovaquia: Enmienda del Código del Trabajo 2022

  • El 4 de octubre de 2022, el Parlamento de Eslovaquia adoptó una enmienda al Código del Trabajo (la «Enmienda») que entró en vigor el 1 de noviembre de 2022.
  • Su objetivo principal es aplicar dos directivas de la UE: la núm. 2019/1152 relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea y la núm. 2019/1158 relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

Las nuevas disposiciones principales pueden resumirse como se indica a continuación:

- Contenido de los contratos de trabajo: los empleados no solo tendrán derecho a unas condiciones de trabajo justas y satisfactorias, sino también a la transparencia y la predictibilidad de dichas condiciones de trabajo. Estos elementos esenciales del contrato de trabajo no han cambiado. Sin embargo, debe notificarse de forma demostrable una gama más amplia de condiciones de trabajo al empleado si estas no son parte del contrato de empleo. Las principales condiciones son el método para determinar el lugar de trabajo, el calendario de trabajo semanal, el método y las reglas para organizar el calendario de trabajo, las pausas y los descansos, las reglas en relación con las horas extraordinarias, la duración de las vacaciones anuales o el método para su determinación, el pago de los salarios y la fecha de pago, las normas para la terminación de la relación de trabajo, la duración del período de preaviso o el método para su determinación, el plazo para reclamar la invalidez de la terminación de la relación de trabajo y el derecho a recibir formación. 

La Enmienda también presenta nuevas normas sobre la predictibilidad mínima del trabajo, de manera que el empleador no pueda exigir al empleado que trabaje fuera del calendario anunciado y que se le notifique como mínimo 24 horas antes del comienzo del trabajo. 

En el caso de los empleados contratados antes del 1 de noviembre de 2022, dicha información debe entregarse en el plazo de un mes a partir de que el empleador reciba la solicitud.

Esta obligación de facilitar información ampliada también se aplica a los acuerdos sobre el trabajo realizado fuera de la relación laboral si el tiempo promedio de trabajo semanal supera las tres horas durante cuatro semanas consecutivas.

-      Duración del empleo: El período de prueba en los casos de contratos de duración determinada debe ser proporcional al período de empleo previsto y no pueden superar la mitad del período de empleo acordado. Los empleadores también deben responder por escrito a la solicitud de un empleado de cambiar su contrato de duración determinada a contrato indefinido, o de pasar de un horario de trabajo reducido a un horario de trabajo semanal ordinario.

-      Permiso de paternidad: La Enmienda también introduce el permiso de paternidad, durante el cual el empleador no puede despedir al padre que se encuentra disfrutando del permiso. Se concede un permiso pagado de 28 semanas (desde la fecha del nacimiento del bebé), ampliado a 31 semanas para padres solteros y a 37 semanas en caso de dos o más recién nacidos. El empleador también está obligado a garantizar a los padres un permiso de 14 días naturales consecutivos, a más tardar seis semanas después del nacimiento del bebé.

Con estas enmiendas, Eslovaquia sigue a otros países europeos que ya han aplicado las directivas europeas, como informamos previamente en el caso de los Países BajosAlemania

Para obtener un resumen actualizado de la aplicación de ambas directivas europeas, consulten aquí y aquí los mapas interactivos, que contienen toda la información relacionada con cada país de forma independiente.