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Colombia: el Gobierno presentó una propuesta de proyecto de ley de reforma laboral

  • El 16 de marzo de 2023, el Gobierno de Colombia presentó ante el Congreso un proyecto de ley de reforma laboral, descrito como un proyecto ambicioso para mejorar las condiciones y los ingresos de los trabajadores.
  • Este proyecto de ley es parte de un conjunto de reformas: se presenta tras la importante reforma fiscal del pasado año, y pronto se espera la reforma del sistema de pensiones.
  • Tanto los legisladores como el Tribunal Constitucional deben aprobarlo.

El evento estuvo dirigido por la Ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, y contó con la participación de la Vicepresidenta Francia Márquez; el Ministro del Interior, Alfonso Prada, y otros funcionarios. 

Se estudiaron varios casos de México, España, Chile y Argentina para la redacción de este proyecto de ley, que, con sus 76 artículos, modifica el Código Sustantivo del Trabajo y pretende reforzar la estabilidad del empleo.

Las principales disposiciones son las siguientes:

1. REFORZAR LA ESTABILIDAD DEL EMPLEO: El modelo estándar de contrato es el contrato de trabajo a término indefinido, excepto en casos excepcionales de contratos a término fijo cuya duración máxima es de dos años.

2. REDUCCIÓN DEL TIEMPO DE TRABAJO: a partir del 15 de julio de 2023 comenzará la aplicación progresiva del tiempo de trabajo máximo de 42 horas a la semana y 8 horas al día (en 2023, 47 horas a la semana; en 2024, 46 horas a la semana; en 2025, 44 horas a la semana y, en 2026, 42 horas a la semana). La jornada de trabajo diurna se determina desde las 6:00 a. m. hasta las 6:00 p. m., mientras que la jornada de trabajo nocturna se determina desde las 6:00 p. m. hasta las 6:00 a. m. La reforma también establece un incremento del porcentaje del recargo dominical. 

3. REGULACIÓN DE LAS PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS DE REPARTO: todas las empresas cuyos colaboradores trabajen a través de esta opción digital deben asegurarse de que estos estén afiliados a la seguridad social y paguen de forma independiente su seguridad social (salud, pensiones y riesgos laborales) con puntualidad. Si el trabajador o la trabajadora no está asegurado/a (independientemente o en nombre de la empresa) y sufre un riesgo amparado por la seguridad social, la empresa asumirá los costes.

4. NEGOCIACIÓN COLECTIVA: el proyecto de ley introduce nuevas normas sobre el derecho de asociación para evitar convenios colectivos con trabajadores no sindicados y nuevas normativas de negociación en el ámbito sectorial o empresarial.

El Presidente de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), Bruce Mac Máster, criticó el proyecto de ley, argumentando que todo proyecto que no busque reducir la informalidad o generar mejores oportunidades de empleo para los trabajadores es inconcebible. Además, enfatizó el hecho de que todo cambio propuesto en el mundo del trabajo debe tener en cuenta sus posibles consecuencias en el mundo social en general.

Como informamos previamente, el pasado año el Sr. Mac Máster ya expresó su preocupación por la posible repercusión del aumento de los costes en el mercado laboral colombiano. Destacó que existe un riesgo significativo de que dicho aumento pueda fomentar que las personas pasen a trabajar al sector informal, o bien, desanimar a los empleadores a la hora de contratar a los trabajadores de manera formal.

Del mismo modo, el Presidente de la Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (FENALCO), Jaime Alberto Cabal, advirtió de lo perjudiciales que podrían ser los efectos de la reforma laboral: «La reforma podría perjudicar la creación de empleo. Se olvida de los desempleados, de la oportunidad de acceder al trabajo y de las posibilidades de que los trabajadores informales consigan empleos formales debido a los altos costes».