La nueva ley pretende fortalecer las normativas existentes sobre igualdad salarial y, al mismo tiempo, introducir nuevas disposiciones. Estipula la obligatoriedad de la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres por un trabajo de igual valor o por ejercer la misma función, e introduce nuevas medidas para lograr este objetivo.
La Ley 14,611 establece mecanismos para la transparencia salarial y criterios de remuneración, así como un mayor control de la discriminación salarial y canales específicos para denunciar dicha discriminación.
La nueva ley dispone que «la discriminación basada en el sexo, la raza, la etnia, el origen o la edad da cabida al derecho a diferencias salariales y a una indemnización por daños morales».
Además, las empresas con 100 o más empleados deben publicar informes semestrales sobre transparencia salarial y criterios de remuneración, que contengan datos salariales anónimos e información sobre la representación de los diferentes grupos demográficos en los puestos de gestión y dirección. En caso de incumplimiento, los empleadores podrían incurrir en sanciones elevadas de hasta el 3 % de la nómina de la empresa, con un tope de 100 salarios mínimos.
Además, si un examen de los informes de transparencia revela que existe discriminación, la empresa deberá elaborar un plan de reparación para abordar y mitigar las desigualdades, con la participación de los sindicatos y los representantes de los empleados.
La ley también introduce medidas para fomentar y aplicar programas de diversidad e inclusión en el lugar de trabajo, formación gerencial sobre igualdad de género y formación con perspectiva de género para apoyar a las mujeres en el mercado laboral.