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Chile: Se aprueba la Ley Karin sobre acoso sexual y laboral

  • El 5 de enero de 2024, el Gobierno de Chile promulgó la Ley Karin contra el acoso laboral (en honor a Karin Salgado, una trabajadora que se suicidó después de ser víctima de acoso laboral).
  • La ley se aplica a todas las empresas, con independencia de su tamaño, e incluye normativas pertinentes para la Administración estatal y sus múltiples organismos.
  • Pretende establecer un marco jurídico para un entorno de trabajo saludable y seguro, no solo castigando el acoso laboral y sexual, sino también previniéndolo con educación y protocolos.

La ley establece protocolos y medidas específicos con el fin de garantizar entornos de trabajo seguros para los trabajadores al aplicar las directrices del Convenio núm. 190 de la OIT.

Exige un trato libre de violencia y compatible con la dignidad de las personas, así como una perspectiva de género en las relaciones laborales, erradicando la discriminación. 

La definición de acoso en el lugar de trabajo se modifica para incluir el comportamiento agresivo o acosador que se cometa incluso una sola vez (ya no es necesario que se repita con el tiempo para considerarlo acoso).

Proporciona mecanismos específicos para que las víctimas de acoso informen de los incidentes y reciban ayuda, e impone sanciones a los acosadores y las empresas que no tomen las medidas adecuadas para proteger a sus empleados. Los procedimientos para investigar el acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el lugar de trabajo deben estar amparados por la confidencialidad, la celeridad y la imparcialidad desde una perspectiva de género. 

La Inspección de Trabajo tiene 30 días para comunicar su opinión sobre la conclusión de la investigación, y la prueba de carga recaerá en los empleados despedidos por dicha conducta, que pueden impugnar la decisión presentando las pruebas necesarias para desmentir los hechos.

Cada seis meses, el empleador debe informar a los empleados sobre los canales que están a su disposición para presentar denuncias.

Además, los empleadores no obligados a elaborar reglamentos internos también deben informar a los empleados del protocolo de prevención, los procedimientos y las sanciones al firmar el contrato de trabajo, que también deben incluirse en las normativas de seguridad y salud exigidas por la Ley del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Por último, la ley refuerza el papel de la Dirección del Trabajo (DT) en procedimientos de investigación para proporcionar garantías a los denunciantes.

Pueden consultar más noticias sobre la lucha contra el acoso en el lugar de trabajo aquí.