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México: El Centro Federal y Local de Conciliación y Registro Laboral ya está activo

  • El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral es el nuevo organismo responsable de resolver los conflictos laborales en México, por lo que sustituye a las anteriores Juntas de Conciliación y Arbitraje.
  • Entró en funcionamiento el 3 de octubre. Esta es la fase final de la aplicación de la reforma laboral aprobada en México en 2019.

El Centro es un organismo público, descentralizado de la Administración Pública Federal, creada el 6 de enero de 2020, cuando el Congreso de México publicó la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

Supervisa el procedimiento de conciliación entre empleados y empleadores en materia de asuntos individuales y colectivos de competencia federal y registra a nivel nacional todos los convenios de negociación colectiva, los contratos sindicales oficiales, los reglamentos interiores de trabajo y las organizaciones sindicales.

Pese a que la ley entró en vigor el 7 de enero de 2020, la puesta en marcha del Centro será gradual, conforme a las directrices y los manuales que presente el Director o la Directora del Centro y que sean aprobados por la Junta de Gobierno.

La puesta en marcha de este Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral consta de tres etapas. Las dos primeras ya han sido completadas, y los siguientes Estados han comenzado a trabajar con los centros y oficinas locales del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Estado de México, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas.

La tercera etapa, que debía finalizar en mayo de 2022, pero se ha prolongado hasta octubre de 2022, afecta a los Estados de Chihuahua, Coahuila, Jalisco, Ciudad de México, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Yucatán.

Por último, el 20 de septiembre de 2022, el Senado ordenó a Monterrey, Guadalajara, Mérida y la capital, Ciudad de México, que actuaran en consonancia con el resto de Estados.

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral desempeña dos funciones principales: 1) registrar todos los convenios de negociación colectiva, los reglamentos internos y las organizaciones sindicales, así como todos los procesos administrativos conexos; y 2) proporcionar, a nivel federal, la función de conciliación como requisito obligatorio previo a la presentación de una demanda laboral.

Los centros locales de conciliación solo ejercen la función de conciliación prejudicial. No son los responsables de registrar los convenios de negociación colectiva, las normas internas o las organizaciones sindicales.

Los empleadores deben saber que, desde ahora, es obligatorio, antes de presentar una demanda, iniciar esta fase de conciliación, la cual puede prolongarse durante un máximo de 45 días. Esta reforma creó una instancia prejudicial obligatoria para las partes, con el objetivo de agilizar los procedimientos laborales.