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Unión Europea: Nuevas normas relacionadas con los permisos únicos que autorizan a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado Miembro

  • La Directiva (UE) 2024/1233, publicada el 30 de abril de 2024, introdujo un procedimiento optimizado para que los nacionales de terceros países obtengan un permiso único que les autorice a residir y trabajar dentro de un Estado Miembro de la UE, lo que simplifica los procedimientos administrativos.
  • La Directiva establece derechos estandarizados para los trabajadores de terceros países que residan legalmente en un Estado Miembro de la UE, a fin de fomentar el trato justo y la integración.
  • Los Estados Miembros tienen hasta el 21 de mayo de 2026 para transponer estas disposiciones en la legislación nacional, garantizando así la aplicación y el cumplimiento eficaces.

La reciente promulgación de la Directiva (UE) 2024/1233 trae consigo cambios significativos en el proceso para que los nacionales de terceros países vivan y trabajen en la Unión Europea (UE). Sustituye a la anterior Directiva 2011/98/UE e introduce un procedimiento de solicitud unificado para los permisos de residencia y trabajo, lo que representa un paso importante hacia la armonización.

Repercusión en los mercados laborales

Se espera que la Directiva repercuta de manera positiva en los mercados laborales de la UE al atraer a una fuerza de trabajo cualificada y abordar la escasez de competencias en varios sectores. La UE pretende crear un mercado laboral más inclusivo y eficaz con la simplificación del procedimiento para la obtención de permisos y la mejora de los derechos de los trabajadores.

Los empleadores pueden beneficiarse de una fuerza de trabajo más diversa y cualificada, lo que contribuye al crecimiento económico y la competitividad.

Procedimiento de solicitud unificado

La introducción de un procedimiento único de solicitud unificado para los nacionales de terceros países que desean conseguir los permisos de residencia y trabajo en virtud de la Directiva (UE) 2024/1233 reduce de manera significativa las cargas administrativas de los empleadores y los solicitantes. Este cambio está diseñado para acelerar el proceso de aprobación, lo que garantiza que los permisos se emitan sin demora, facilitando así una integración más fácil y rápida de los nacionales de terceros países en el mercado laboral.

Conjunto común de derechos

La Directiva estableció un conjunto estandarizado de derechos para los trabajadores de terceros países a fin de garantizar un trato justo y proporcionarles condiciones comparables a las que disfrutan los ciudadanos de la UE. Entre los derechos fundamentales figuran la igualdad de trato en lo que respecta a las condiciones de empleo, remuneración, despido y acceso a las prestaciones de la seguridad social. La Directiva también enfatiza el reconocimiento de las cualificaciones profesionales adquiridas en otros Estados Miembros, lo que promueve la movilidad laboral y la integración económica dentro de la UE. Garantiza de forma explícita a los nacionales de terceros países las mismas condiciones de empleo de los nacionales, incluidas las horas de trabajo, los permisos, las vacaciones, así como la igualdad de género.

Responsabilidades de los empleadores

Los empleadores deben garantizar el cumplimiento del procedimiento único de solicitud, proporcionar información precisa sobre las condiciones de empleo, respetar los derechos concedidos a los trabajadores de terceros países e informarles sobre sus derechos y la situación de sus solicitudes de permiso. La Directiva permite a los titulares de permisos únicos realizar un cambio de empleador si se cumplen ciertas condiciones, como notificar a la autoridad competente, someter el cambio a la verificación del mercado laboral y garantizar que el trabajador haya estado con el empleador inicial durante un máximo de seis meses.